Saltar al contenido
Catálogo
Estructura de un altillo metálico vista desde abajo: pilares, maestras y correas bajo el tablero, con una oficina de mampara encima

Altillos y entreplantas · Solidez y seguridad estructural

Certificado estructural de altillos y entreplantas

La justificación, firmada por técnico competente, de que la estructura de tu altillo resiste su uso conforme al Código Técnico de la Edificación

El certificado estructural de un altillo —⁠también llamado certificado de solidez o de seguridad estructural⁠— es el documento en el que un técnico competente justifica que la estructura de la entreplanta resiste las cargas de su uso y no se deforma ni vibra más de lo admisible, como exige el Código Técnico de la Edificación (CTE). Se presenta al tramitar la licencia de obras o de actividad, o se guarda con la declaración responsable, y acredita la solidez que el Real Decreto 486/1997 pide a los lugares de trabajo. Lo hacemos para los altillos que fabricamos y montamos en toda España: los nuevos, desde su cálculo, y los que ya están en uso, con una visita. Los firma José Luis Mocholí Garrido, ingeniero de caminos, canales y puertos colegiado.

Normativa
CTE: DB SE, SE-AE, SE-A y SE-M
Para
Licencia, declaración responsable o actividad
Altillos
Los nuestros, nuevos o ya montados
Incluye
Cálculo, planos y, si ya está montado, la visita

Cuándo se pide

Cuándo necesita un altillo su certificado estructural

Un altillo añade superficie a la nave, y el CTE lo trata como una intervención en un edificio existente: su seguridad estructural se justifica por escrito.

  • Al montar un altillo nuevo

    Para el CTE es una ampliación, la intervención que incrementa la superficie construida (Parte I, anejo III). Su cumplimiento se justifica en un proyecto o en una memoria firmada por técnico competente, que se presenta con la licencia de obras o se declara en la declaración responsable (Parte I, art. 2.3).

  • Al abrir la actividad o cambiarla

    Con la licencia de actividad o de apertura es habitual que el ayuntamiento pida un certificado de seguridad y solidez del local, y con él, el de sus altillos.

  • Para legalizar un altillo nuestro ya montado

    Si lo montamos sin papeles, o con unos que ya no sirven para su uso de hoy, se evalúa como estructura existente (DB SE, anejo D): visita, inspección y cálculo con lo que de verdad hay montado.

  • Si cambia el uso o la carga

    El certificado vale para el uso y la sobrecarga con que se calculó. Poner estanterías o maquinaria donde había una oficina pide volver a comprobarlo: el RD 486/1997 prohíbe sobrecargar las plataformas de trabajo (anexo I-A, 1.2.º).

¿Vas a montar un altillo o ya te lo montamos? Cuéntanos dónde está la nave, qué uso tendrá y con qué carga, y te decimos qué necesita su certificado.

Pide presupuesto
Altillo metálico en una nave con dos oficinas de mampara encima y la escalera de acceso en medio, con sus barandillas

Qué es

Certificado de solidez, de seguridad o de estabilidad estructural

Tiene varios nombres, y en un altillo todos piden lo mismo: que la estructura sea segura para su uso.

La seguridad estructural es uno de los requisitos básicos de la edificación: que no se produzcan daños que comprometan la resistencia y la estabilidad de soportes, vigas o forjados (Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación, art. 3.1.b.1). El CTE la reparte en dos exigencias: resistencia y estabilidad (SE 1) y aptitud al servicio (SE 2), que es no deformarse ni vibrar más de lo admisible para el uso (Parte I, art. 10).

La palabra «solidez» viene del Real Decreto 486/1997, de lugares de trabajo: los locales «deberán poseer la estructura y solidez apropiadas a su tipo de utilización», y sus plataformas y escaleras, la resistencia necesaria para las cargas que reciben (anexo I-A, 1). Por eso te pueden pedir un certificado de solidez, de seguridad estructural o de estabilidad: en un altillo, es el mismo documento.

No es un trámite de papel: es un cálculo. Se comprueba la estructura con las cargas de su uso real, pieza a pieza, y el técnico firma que cumple.

Qué comprobamos

Qué se comprueba en la estructura de un altillo

Cada pieza, con su norma: el DB SE-AE da las cargas, el DB SE-A comprueba el acero, el DB SE-M el tablero y el DB SE limita las flechas y las vibraciones. De cada familia de piezas se justifica la más cargada.

Sección tipo de un altillo metálico, sin escala: el tablero sobre las correas, la maestra sobre los pilares con sus placas de anclaje en la solera, la barandilla del borde y la escalera de llegada, con las cargas, la flecha de la maestra, la vibración y el tablero numerados del 1 al 9
Sección tipo, sin escala y con la flecha de la maestra exagerada: cada número es una línea de la leyenda. Para hacerte una idea de los esfuerzos y la flecha de una viga, prueba el calculador de vigas.
1 · Cargas
Peso propio, permanentes —⁠tablero, pavimento, falso techo, mamparas⁠— y sobrecarga de uso con su carga concentrada (DB SE-AE 2.1 y 3.1)
2 · Correas
Las vigas del tablero: flexión, cortante y su interacción (DB SE-A 6.2)
3 · Maestras
Las vigas que reciben las correas: lo mismo y, además, el pandeo lateral (DB SE-A 6.3.3)
4 · Flechas
Que no se deformen más de lo admisible: integridad, confort y apariencia (DB SE 4.3.3.1)
5 · Vibraciones
Que el suelo no vibre de forma molesta al andar (DB SE 4.3.4 y DB SE-A 7.2.2)
6 · Pilares
Compresión y pandeo (DB SE-A 6.3.2)
7 · Escalera
Huella, contrahuella, anchura, tramos y mesetas (DB SUA 1, apartado 4, y RD 486/1997, anexo I-A, 7)
8 · Barandillas
Al menos 0,90 m de altura y protección por debajo (DB SUA 1, 3.2.1, y RD 486/1997, anexo I-A, 3)
9 · Tablero
El suelo: su resistencia y su flecha entre correas, y la carga concentrada, con los valores que declara su fabricante (DB SE-M, 4.4 y anejo E)

Dos casos

Altillo nuevo o altillo ya montado

El certificado se hace distinto si el altillo se va a montar o si ya está en uso.

  • Altillo nuevo Antes de montar

    Se calcula al diseñarlo. Con la planta, la altura libre, el uso y la carga se elige el tablero y se dimensionan las correas, las maestras y los pilares, se comprueban con el CTE y se dibujan los planos de la estructura.

    El certificado sale de ese mismo cálculo: lo que se monta es lo que se ha comprobado.

    Se entrega
    Memoria, anejos de cálculo y de utilización, planos e instrucciones de uso
    Normativa
    DB SE, DB SE-AE, DB SE-A, DB SE-M y DB SUA
  • Altillo ya montado En uso

    Uno de los que hemos montado nosotros se evalúa como estructura existente, con el anejo D del DB SE: se visita, se mide lo que hay montado y se inspecciona su estado —⁠deformaciones, daños, corrosión o piezas que falten⁠—. Los montados por otros no los certificamos.

    Después se calcula con las cargas de su uso real. Si algo no cumple, el informe dice qué hacer: limitar la carga o el uso, o reforzar (DB SE, D.7 y D.8).

    Se entrega
    Certificado, anexo de cálculo, informe de la visita y planos
    Normativa
    DB SE, anejo D, con el DB SE-AE y el DB SE-A

Qué te entregamos

Qué incluye el certificado estructural

Un documento que se puede revisar: las cuentas a la vista y cada comprobación con su artículo.

  • El certificado

    Identifica el altillo, la nave en la que está y su uso, y certifica que la estructura cumple, con el lugar, la fecha y la firma de nuestro ingeniero de caminos, canales y puertos.

  • El anejo de cálculo

    Las acciones, los materiales y las bases de cálculo, y la comprobación de cada familia de piezas —⁠el tablero, las correas, las maestras y los pilares⁠— en la más desfavorable, con sus fórmulas y su artículo.

  • Los planos

    El replanteo de los pilares, la planta de la estructura con sus secciones y el detalle de las placas de anclaje.

  • El informe de la visita

    En los altillos ya montados: qué se ha visto y medido en la nave, y en qué estado está la estructura.

  • El uso y la carga para los que vale

    Quedan escritos en el certificado. En los almacenes, esa carga tiene que figurar además en una placa en la obra (DB SE-AE 3.1.1(5)).

  • Las instrucciones de uso

    Con el altillo nuevo: la carga y el uso para los que está calculado, lo que no se puede hacer encima, qué revisar y cuándo avisar a un técnico. En los almacenes, el DB SE-AE pide consignar ahí su carga (3.1.1(5)).

El proceso

Cómo se hace el certificado de un altillo

  • 1. Nos cuentas el caso

    Dónde está la nave, qué uso tiene o tendrá el altillo y con qué carga, sus medidas y, si ya está montado, unas fotos y los planos o papeles que tenga.

  • 2. La visita, si ya está montado

    Se mide la estructura y se inspecciona su estado.

  • 3. El cálculo

    Se comprueba con el CTE para el uso y la carga que vaya a tener.

  • 4. Los documentos, firmados

    El certificado con su anejo de cálculo y sus planos, firmados por nuestro ingeniero de caminos, canales y puertos.

  • 5. El visado, si te lo piden

    Lo tramitamos nosotros, en el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

  • 6. Al ayuntamiento

    Lo presentas con la licencia, o lo guardas con la declaración responsable para cuando te lo pidan.

Visado colegial

¿Hay que visar el certificado estructural de un altillo?

Solo es obligatorio en los trabajos que enumera el Real Decreto 1000/2010; en los demás, es voluntario.

  • Obligatorio, solo en los trabajos del RD 1000/2010

    El visado colegial es obligatorio únicamente en los trabajos de la lista del Real Decreto 1000/2010 (art. 2): entre ellos, el proyecto de ejecución de las obras de edificación que requieren proyecto según el artículo 2.2 de la Ley de Ordenación de la Edificación, y su certificado final de obra. Un certificado de seguridad estructural de un altillo no está en la lista.

  • Si el altillo va en un proyecto

    Si tu ayuntamiento tramita el altillo como una obra con proyecto, ese proyecto sí se visa.

  • En lo demás, si te lo piden

    El colegio visa cuando lo pide el cliente (Ley 2/1974, de Colegios Profesionales, art. 13.1). Si te lo piden, lo tramitamos nosotros, en el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, el de quien lo firma.

  • Qué comprueba el visado

    La identidad y la habilitación del técnico, y que la documentación esté completa y en forma (art. 13.2). El control técnico del cálculo queda fuera de él.

Lo que va aparte

Lo que no cubre el certificado estructural

Hay exigencias del altillo que tienen su propia norma y su propio documento.

  • La protección contra incendios

    La resistencia al fuego de la estructura y la evacuación se rigen por el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (Real Decreto 2267/2004) si la actividad es industrial, y por el DB SI del CTE en los demás usos. La evaluación del anejo D del DB SE también deja el incendio fuera (D.1.1(3)). Más, en la guía de protección frente al fuego de altillos.

  • Lo urbanístico

    Si el altillo cabe en la edificabilidad de la parcela, o si computa como superficie construida, lo decide el ayuntamiento con su planeamiento: no es una cuestión de cálculo.

  • Las instalaciones

    El alumbrado, también el de emergencia, la ventilación o la climatización de la entreplanta siguen su propia reglamentación.

Normativa

La normativa del certificado estructural de un altillo

Qué se aplica y para qué, con su artículo. Debajo, las sobrecargas de uso con que se calcula según el uso.

Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación
Requisito básico de seguridad estructural (art. 3.1.b.1), obras que requieren proyecto (art. 2.2) y titulación del técnico (art. 10)
CTE, Parte I
Intervenciones en edificios existentes (art. 2.3) y exigencias de seguridad estructural SE 1 y SE 2 (art. 10)
CTE DB SE · Seguridad estructural
Estados límite últimos y de servicio (3.2 y 4), flechas (4.3.3), vibraciones (4.3.4) y evaluación de estructuras existentes (anejo D)
CTE DB SE-AE · Acciones
Peso propio (2.1) y sobrecarga de uso con su carga concentrada (3.1 y tabla 3.1)
CTE DB SE-M · Madera
El tablero del suelo: tablero estructural (4.4) y sus valores de cálculo (anejo E)
CTE DB SE-A · Acero
Resistencia de las secciones (6.2), pandeo de pilares (6.3.2), pandeo lateral de vigas (6.3.3) y vibraciones de forjados (7.2.2)
CTE DB SUA 1 · Caídas
Barreras de protección (apartado 3) y escaleras (apartado 4)
Real Decreto 486/1997, de lugares de trabajo
Solidez (anexo I-A, 1), barandillas (anexo I-A, 3) y escaleras (anexo I-A, 7)
Incendio, aparte
RSCIEI (Real Decreto 2267/2004) en establecimientos industriales; CTE DB SI en los demás usos
Visado colegial
Real Decreto 1000/2010 (art. 2) y Ley 2/1974, de Colegios Profesionales (art. 13)
Sobrecargas de uso del DB SE-AE (tabla 3.1) más habituales en un altillo
Uso del altilloCategoríaCarga repartidaCarga concentrada
OficinasB · Zonas administrativas2 kN/m² (204 kg/m²)2 kN
TrasterosA2 · Trasteros3 kN/m² (306 kg/m²)2 kN
Comedores, salas de reuniones o aulasC1 · Zonas con mesas y sillas3 kN/m² (306 kg/m²)4 kN
Zonas de paso o de exposiciónC3 · Zonas sin obstáculos5 kN/m² (510 kg/m²)4 kN
GimnasiosC4 · Actividades físicas5 kN/m² (510 kg/m²)7 kN
TiendasD1 · Locales comerciales5 kN/m² (510 kg/m²)4 kN
AlmacénFuera de la tabla (3.1(2))La fija la propiedad, con placa en obra (3.1.1(5))—

Actualizado el .

Preguntas frecuentes

Lo que más se pregunta del certificado estructural de un altillo

¿Tienes otra pregunta?

Escríbenos con las medidas o la planta y te respondemos sobre tu caso.

¿Es obligatorio el certificado estructural para un altillo?

En la práctica, sí. Un altillo amplía la superficie de la nave, y el CTE pide justificar la seguridad estructural de esa ampliación con un proyecto o una memoria firmada por técnico competente, que se presenta con la licencia o se declara en la declaración responsable (Parte I, art. 2.3). Si además es un lugar de trabajo, el RD 486/1997 exige que tenga la solidez apropiada a su uso. Qué documento pide exactamente cada ayuntamiento depende de su trámite.

¿Qué es un certificado de solidez y seguridad estructural?

El mismo documento con otro nombre. Es la justificación, firmada por técnico competente, de que una estructura resiste las cargas de su uso y no se deforma ni vibra más de lo admisible. «Solidez» es la palabra del RD 486/1997 para los lugares de trabajo; «seguridad estructural», la de la Ley de Ordenación de la Edificación y el CTE.

¿Quién puede firmar el certificado estructural de un altillo?

Un técnico competente: arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, con la titulación habilitante según el uso del edificio y sus competencias (Ley 38/1999, art. 10.2.a). En una nave industrial, con carácter general, un ingeniero, un ingeniero técnico o un arquitecto. Los nuestros los firma José Luis Mocholí Garrido, ingeniero de caminos, canales y puertos colegiado.

¿Un altillo necesita proyecto o basta con un certificado?

Depende de la obra y de tu ayuntamiento. La Ley de Ordenación de la Edificación pide proyecto en las intervenciones que alteran el conjunto del sistema estructural del edificio o cambian sus usos característicos (art. 2.2.b). Si no lo requiere, el CTE admite justificar el cumplimiento con una memoria firmada por técnico competente (Parte I, art. 2.3). Cada ayuntamiento lo concreta en sus ordenanzas: conviene preguntarlo antes.

¿Hay que visar el certificado estructural?

Solo si te lo piden, salvo que vaya dentro de un proyecto de edificación. El visado colegial es obligatorio únicamente en los trabajos del Real Decreto 1000/2010 (art. 2), y un certificado de seguridad estructural no está entre ellos. Fuera de esa lista, el colegio visa cuando lo pide el cliente (Ley 2/1974, art. 13.1). Si te lo piden, lo tramitamos nosotros en el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. Más, en el visado colegial.

¿Se puede certificar un altillo que ya está montado?

Sí, si lo montamos nosotros: se evalúa como estructura existente (DB SE, anejo D), y se visita, se mide, se inspecciona su estado y se calcula con las cargas de su uso real. Si algo no cumple, el informe dice qué hacer: limitar la carga o el uso, o reforzar (D.7 y D.8). Los altillos montados por otros no los certificamos.

¿Qué carga puede soportar un altillo?

La que se le calcule, y el certificado la dice. Una oficina se calcula con 2 kN/m² (204 kg/m²) y una carga concentrada de 2 kN (DB SE-AE, tabla 3.1); un almacén, con la que fije la propiedad según lo que se vaya a guardar (3.1(2)), que tiene que figurar en una placa en la obra (3.1.1(5)). Las demás, en la tabla de sobrecargas. Si cambian el uso o la carga, hay que volver a comprobarlo.

¿El certificado estructural incluye la resistencia al fuego?

No: el incendio tiene su propia norma. La resistencia al fuego de la estructura y la evacuación se justifican con el RSCIEI en los establecimientos industriales, o con el DB SI en los demás usos, en su propio documento. Lo explicamos en la guía de protección frente al fuego de altillos.

¿Qué necesitáis para hacer el certificado?

Dónde está la nave, el uso y la carga del altillo, y sus medidas. Si ya está montado, unas fotos de la estructura y los planos o papeles que tenga; si es nuevo, la planta o un croquis acotado con la altura libre de la nave. Y, si lo sabes, el espesor de la solera, en la que apoyan los pilares.

¿De qué depende el precio del certificado estructural?

Del altillo y del trámite. Cuentan su superficie y su forma, el uso y la carga, si hay que visitarlo y medirlo porque ya está montado, la documentación que tenga y si hay que visarlo. Cuéntanos tu caso y te preparamos el presupuesto.

¿Qué pasa si un altillo no tiene certificado?

Que no se puede acreditar que sea seguro para su uso. El ayuntamiento puede no conceder la licencia o la actividad mientras falte, y quien lo usa como lugar de trabajo tiene que poder justificar su solidez (RD 486/1997, anexo I-A, 1). Si lo montamos nosotros, se resuelve evaluándolo como estructura existente.

Hablemos

¿Necesitas el certificado de tu altillo?

Cuéntanos dónde está la nave, qué uso tiene o tendrá el altillo y con qué carga, y si ya está montado o es nuevo. Te decimos qué necesita y te preparamos el presupuesto.